Escritorio con expedientes laborales y una pantalla de computadora durante una inspección remota
Cambio normativoImportancia altaPublicado: Actualización:

Inspección remota de la PIP: cuándo el inspector no acude a la empresa

Desde el 8 de julio de 2026, la Inspección Nacional de Trabajo (Państwowa Inspekcja Pracy, PIP) puede realizar una inspección o determinadas actuaciones de control de forma remota: por correo postal o por medios de comunicación electrónica. El cambio lo introdujo la ley del 11 de marzo de 2026 (Dz.U. 2026 poz. 473), que añadió a la ley sobre la PIP el art. 26 ust. 5–8. Por lo tanto, el control de la legalidad del empleo puede iniciarse sin que el inspector visite la empresa.

Estado jurídico a 28 de agosto de 2026. La versión polaca es la versión de origen.

En qué consiste la inspección remota

Conforme al art. 26 ust. 5 de la ley del 13 de abril de 2007 sobre la Inspección Nacional de Trabajo, la inspección o determinadas actuaciones de control pueden realizarse a distancia: a través de un operador postal o mediante medios de comunicación electrónica en el sentido del art. 2 pkt 5 de la ley del 18 de julio de 2002 sobre la prestación de servicios por vía electrónica.

La norma establece condiciones: debe existir un caso justificado, la modalidad remota no puede ser contraria a la finalidad de la inspección y, además, debe agilizar su realización o venir avalada por el carácter de la actividad de la persona inspeccionada. No es una modalidad discrecional.

Una facultad distinta es exigir una transmisión en línea. El art. 23 ust. 1 pkt 2a de la ley sobre la PIP permite al inspector exigirla para revisar documentos, oír a la parte e interrogar al sujeto inspeccionado, en casos justificados y siempre que no sea contrario a la finalidad de la inspección.

Credencial, autorización y alcance de las facultades

El art. 26 ust. 6 de la ley sobre la PIP determina que realizar la inspección de forma remota no limita las facultades del inspector derivadas del art. 26 ust. 1 i 2 y del art. 23 ust. 1. El catálogo de requerimientos sigue siendo el mismo: expedientes personales, documentos relacionados con la prestación del trabajo, explicaciones, relaciones y cálculos. Cambia el canal, no el alcance.

En la inspección remota, la presentación de la credencial de servicio y la entrega de la autorización para realizar la inspección se efectúan por medios de comunicación electrónica (art. 26 ust. 7). La falta de esos documentos es motivo para pedir que se aporten, no para negarse a colaborar.

Seguridad de los datos durante la inspección

El art. 26 ust. 8 de la ley sobre la PIP impone al órgano la obligación de realizar la inspección remota con medios técnicos y organizativos que garanticen la confidencialidad, la disponibilidad y la integridad de la transmisión de datos, aplicando mecanismos criptográficos adecuados a los riesgos.

El empleador que entrega expedientes personales y documentos de residencia de personas extranjeras sigue siendo responsable del tratamiento de esos datos. El material facilitado debe corresponder al alcance del requerimiento: enviar carpetas completas o compartir la pantalla con la base de datos de personal abierta va más allá de la actuación a la que se refiere el requerimiento.

Qué cambia para el empleador que contrata a personas extranjeras

El control de la legalidad del empleo no ha quedado excluido de la modalidad remota. Por eso la primera señal puede ser una comunicación electrónica. Es clave que el expediente esté completo: documento de residencia, base para prestar el trabajo (permiso de trabajo, permiso de trabajo de temporada, declaración de encomienda de trabajo o permiso de residencia temporal y trabajo), contrato y confirmación del alta en la seguridad social.

Igual de importante es que el documento se corresponda con la realidad. El permiso único está vinculado a una entidad concreta que encomienda el trabajo (art. 118 de la ley de extranjería) y un cambio de condiciones puede exigir la modificación del permiso (art. 120).

La reforma amplió también el círculo de sujetos inspeccionados. El art. 13 pkt 1 de la ley sobre la PIP abarca —en materia de seguridad y salud en el trabajo, legalidad del empleo y celebración de contratos civiles en las condiciones del art. 22 § 1 del Código del Trabajo— también a empresarios que no son empleadores y para los que se presta o se prestó trabajo durante el año anterior al día de inicio de la inspección, incluso por personas que ejercen actividad económica por cuenta propia.

Qué significa esto para usted

  • Ordene la documentación de sus trabajadores extranjeros antes de recibir el requerimiento: en la inspección remota el plazo corre desde la entrega, no desde el momento en que encuentra los documentos.
  • Designe a una persona responsable del contacto con el inspector y a un suplente; la inspección remota se desarrolla por escrito.
  • Compruebe que la dirección de entrega electrónica de la empresa se atiende de forma permanente.
  • Si usted es extranjero: conserve su propia copia del documento de residencia, del documento que legaliza el trabajo y del contrato, con independencia del expediente del empleador.
  • La colaboración B2B no queda fuera del alcance de la inspección: el art. 13 pkt 1 de la ley sobre la PIP la abarca y alcanza un año hacia atrás.

Cuándo conviene consultar a un asesor jurídico

Si su situación se aparta de lo habitual, recibió una notificación de la oficina competente o no sabe qué trámite le corresponde, describa su caso brevemente por WhatsApp. Le indicaremos el camino correcto y la fuente donde podrá confirmar los detalles.

Marque la casilla de consentimiento para continuar a WhatsApp.

AvisoLos contenidos tienen carácter informativo y no constituyen asesoría jurídica individual. Cada trámite administrativo depende de los hechos concretos del caso — antes de actuar, confirme la información en la fuente oficial o consulte con un representante autorizado.