
Transmisión en línea durante una inspección de la PIP — cuándo puede exigirla el inspector
La ley del 11 de marzo de 2026 (Dz.U. 2026 poz. 473) añadió el punto 2a al art. 23 ust. 1 de la ley de la PIP. El inspector de trabajo puede exigir a la entidad inspeccionada la realización de una transmisión en línea que permita el control de documentos, la audiencia de la parte y el interrogatorio de la entidad inspeccionada. Es una facultad independiente, más fuerte que la mera realización de la inspección por vía de correspondencia. La parte principal de la reforma entró en vigor el 8 de julio de 2026.
Estado jurídico a 31 de agosto de 2026. La versión polaca es la versión de origen.
Contenido de la facultad
El art. 23 ust. 1 pkt 2a de la ley del 13 de abril de 2007 sobre la Inspección Nacional de Trabajo (Państwowa Inspekcja Pracy, PIP) permite al inspector exigir la realización de una transmisión en línea utilizando los dispositivos técnicos disponibles que permitan la transmisión por telecomunicación, en particular dispositivos que permitan la comunicación bidireccional, con recepción de imagen o de imagen y sonido en tiempo real entre los participantes en la actuación inspectora.
El legislador lo condicionó a dos requisitos señalados directamente en el precepto: la exigencia es admisible en casos justificados y siempre que no sea contraria al fin de la inspección.
La transmisión puede servir a tres actuaciones distintas: el control de documentos, la audiencia de la parte y el interrogatorio de la entidad inspeccionada. La distinción tiene importancia práctica: en el interrogatorio se trata de una prueba que queda registrada en el expediente de la inspección, no de una conversación de trabajo.
¿Se puede negar?
El precepto construye una exigencia del inspector, no una propuesta. Dificultar la actividad del órgano de la Inspección Nacional de Trabajo, en particular impedir la visita del centro de trabajo o no facilitar la información necesaria para el desempeño de sus tareas, es una infracción del art. 283 § 2 pkt 8 del Código del Trabajo (Kodeks pracy).
El empleador puede, en cambio, pedir que se precisen qué documentos y qué personas debe abarcar la transmisión, así como acordar un plazo que permita preparar el material. Un acceso ilimitado a la empresa „en directo” no encaja en un precepto que vincula la transmisión a actuaciones inspectoras concretas.
Protección de datos durante la transmisión
La realización de la inspección o de determinadas actuaciones inspectoras de forma remota se efectúa — conforme al art. 26 ust. 8 de la ley de la PIP — utilizando medios técnicos y organizativos que garanticen un nivel adecuado de seguridad en los sistemas teleinformáticos, incluida la confidencialidad, disponibilidad e integridad de la transmisión de datos, con mecanismos criptográficos de forma adecuada a las amenazas o a las exigencias de la ley. Es una obligación del órgano.
Del lado del empleador permanece el principio de minimización. La imagen compartida debe abarcar los documentos incluidos en el alcance de la inspección. Compartir todo el escritorio, un buzón de correo abierto o la lista de todos los empleados excede la actuación a la que se refiere la exigencia y crea un riesgo independiente en materia de protección de datos personales.
Práctica en una empresa que emplea extranjeros
En un control de la legalidad del empleo, la transmisión suele referirse a un único conjunto: documento de residencia — base para desempeñar el trabajo — contrato — alta en los seguros. Conviene prepararlo por separado para cada persona, en una sola carpeta identificada con el apellido, en lugar de abrir la base de personal completa.
Antes de la actuación, determine quién participa por parte de la empresa, quién toma nota y qué documentos se mostrarán. Después de la actuación, conserve la lista de materiales entregados: será necesaria para el acta de la inspección y para las observaciones al acta.
El alcance de las exigencias del inspector es el mismo que en una inspección presencial: expedientes personales y documentos relacionados con el desempeño del trabajo por los empleados y por las personas que prestan trabajo sobre una base distinta de la relación laboral, también en forma electrónica. Cambia el canal, no el alcance.
Qué significa esto para usted
- La transmisión en línea es una actuación inspectora, no una reunión de trabajo: prepárese para ella como para una visita del inspector.
- Usted controla lo que se ve en pantalla: comparta una sola ventana, no todo el escritorio, y cierre los archivos ajenos a la inspección.
- Pida que se precise qué documentos y qué personas debe abarcar la transmisión: el precepto la vincula a actuaciones inspectoras concretas.
- Prepare el juego completo de documentos por separado para cada extranjero, en lugar de abrir la base de personal completa.
- Si usted es extranjero: sus documentos pueden ser mostrados al inspector en esta modalidad; ello no cambia su situación jurídica ni las obligaciones del empleador.
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